Este Tribunal Primero de Control Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta el Sobreseimiento Definitivo en virtud de haberse extinguido la acción penal por haber Prescrito la misma para al enjuiciamiento del delito investigado a favor del Adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA, de conformidad con el articulo 615 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con el articulo 318 ordinal 3° en relación con el 48 numeral 8° del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese, Publíquese, Notifíquese y Remítase la causa al Archivo Judicial de este Circuito Judicial Penal
Abg. NIRVIA GOMEZ GONZALEZ
JUEZ DE CONTROL.
Abg. MARIA EUGENIA RODRIGUEZ
SECRETARIA DE SALA