este Tribunal Primero de Control del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, sede en Coro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 119 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, declara CON LUGAR, la solicitud presentada por la Abg. María Gabriela Leañez, Fiscal 11 del Ministerio Público del Estado Falcón, y acuerda autorizar la destrucción de la sustancia ilícita que fue verificada el día 28 de mayo de 2007, siguiendo instrucciones de la Fiscalía 11° del Ministerio Público del Estado Falcón, según indica oficio FAL-11-195-2007, de fecha 24 de mayo de 2007, relacionado con el asunto 11F11-03-07, la cual consta de un (1) sobre cerrado, que al abrirlo se pudo constatar que contenía dieciséis (16) envoltorios tipo cebollita, de tamaño regular, elaborados en material sintético.....