Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Primero de Control de Responsabilidad Penal Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara Con Lugar la solicitud Fiscal en contra del adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA ,. y le Impone; las Medidas Cautelares contempladas en el artículo 582 literal "c" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, consistente en la presentación periódica ante la oficina del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Pena cada Quince días; por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de Desvajilamiento de Vehículos previsto y sancionado en el Artículo 3 de la Ley Sobre Hurto Y Robo de vehículo en perjuicio de la Ciudadana MARIBEL MARTINA RODRIGUEZ DE MONTES Se hace del conocimiento del imputado que el incumplimiento de dichas medidas .....