Este Tribunal Primero de Control Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR LA SOLICITUD FISCAL y CON LUGAR LA SOLICITUD DE LA DEFENSA Y DECRETA al adolescente Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo en el articulo 65 de la lopna, entre el sector Las Panelas y Curazaito, a media cuadra de la Escuela Lucas Adames la Medida LA LIBERTAD PLENA de conformidad con los artículos 548 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, 24 y 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 9 y 243 del código Orgánico Procesal Penal Sígase el procedimiento ordinario ofíciese al archivo judicial sección adolescente, a fin de darle entrada en los libros a la presente y remítanse el presente asunto, al Ministerio Público para proseguir con la investigación.
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