En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en Coro, ACUERDA, PRIMERO: La Libertad inmediata del adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA , ello por incumplimiento de la obligación Fiscal de presentar acusación fiscal en el lapso establecido en el artículo 560 de la Ley Orgánica para La Protección del Niño y del Adolescente, de conformidad con el penúltimo aparte del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal aplicado por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. SEGUNDO: Se le impone al adolescente la medida cautelar sustitutiva de libertadla medida cautelar sustitutiva de libertad prevista en el artículo 582 literal "c", de la Ley Orgánica para la .....