este Tribunal 1° de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente de este Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, sede Coro, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud presentada por la Abg. María Gabriela Leañez, Fiscal 11° del Ministerio Público del estado Falcón, para que se le impusiese a los imputados 1) Adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNA, venezolano, soltero, estudiante, domiciliado calle Páez, sector la Milagrosa, casa s/n., a tres casas de la Licorería La Serrana, de la población de Churuguara, Municipio Federación del estado Falcón, teléfonos 0426-860-6950 y 0268-461-55-58 y titular de la cédula de identidad N° 24.582.131, 2) Adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNA, venezolano, soltero, estudiante, domiciliado en el sector Naguanagua, Colinas de Girardot, sector 01, calle 226, casa.....