Con fundamento en el análisis de las actas que conforman el presente Asunto y las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Control de la Sección Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley RESUELVE: DECLARA: sin lugar la solicitud de nulidad de las actuaciones presentadas por la Defensa por no observarse violaciones de derechos y garantías constitucionales de los dispuestos en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal aplicado por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente. SEGUNDO: SIN LUGAR la solicitud Fiscal de imposición de una medida cautelar. Y en consecuencia se decreta al adolescente IDENTIDAD OMITIDA,, la libertad sin restricciones en acatamiento de lo dispuesto en los artículos 44 Constitucional y 8, 540, 551 y 557 de.....