Por los las consideraciones anteriores, este Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley RESUELVE: PRIMERO: Se Declara sin lugar la solicitud del Ministerio Público de imposición de medida de privación de libertad en contra del adolescente: adolescente Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la lopna. SEGUNDO: Se decreta la imposición de medida cautelar sustitutiva prevista en el artículo 582 literales "c" y "f" consistente en la obligación de presentarse antele Tribunal cada 15 días por intermedio de la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Penal y la prohibición de acercarse a la victima en contra del adolescente Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la lopna por la comisión del deli.....