Este Tribunal Primero de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, sede Coro, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en el artículo 583 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, SANCIONA al acusado OSNEIDI ARISTIDE INFANTE GARCÍA, venezolano, soltero, estudiante, domiciliado en la calle Libertador, casa número 9, detrás de Pollo Sabroso de la población de Tucacas, Municipio José Laurencio Silva del estado Falcón y titular de la cédula de identidad 21.458.311, por haber admitido los hechos constitutivos del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana YENIFER ANDRIGEI GUTIERREZ LÓPEZ, venezolana, soltera, comerciante, domiciliada en la calle Libertador, casa número 9, detrás de Pollo Sabroso de la población.....