Este Tribunal Primero de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, sede Coro, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: Responsable penalmente a los adolescentes LUIS EDUARDO LOAIZA LOAIZA y BRAYAN JOSE BRIZUELA LOAIZA, por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL SIN PENETRACION, previsto en el artículo 259 de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en perjuicio de la niña EDGLIMAR NAZARETH LOPEZ VENTURA, de 12 años de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-29.940.280, y se les aplica como SANCION, por haber admitido los hechos, las medidas SOCIO-EDUCATIVA de de LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de UN (1) AÑO, e IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA, por el lapso de UN (1) AÑO, de conformidad con el artículo 620 literales "d" y "b" de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, concatenado con los artículos 626 y.....