Revisado como ha sido el asunto este Despacho observa que en fecha 08 de Octubre del año 2004, dicto sobreseimiento definitivo en virtud de la solicitud Fiscal Sin embargo el mismo no se ha declarado definitivamente firme mediante el auto de Firmeza correspondiente, por cuanto se evidencia de la revisión del asunto que solo constan las notificaciones libradas al Fiscal del Ministerio Publico, mas no las notificaciones del adolescente Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la lopna , la victima y la defensa. Por tales circunstancias este Tribunal Primero de Control A los Fines de Declarar definitivamente Firme Mediante auto de Firmeza la decisión de sobreseimiento definitivo Dictada que en fecha 08 de octubre del año 2004, Acuerda Notificar a la defensora Primera de la Sección Adolescente y al Adolescente Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la lopna, la victima y la defensa. a los fines de cumplir con las forma.....