por lo que este Tribunal acuerda imponer las Medidas Cautelares Sustitutivas previstas en el artículo 582 Literal C y D de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, consistente en la presentación cada quince (15) días por ante la Prefectura de Sucre, Catia, Caracas Distrito Capital, Avenida Pérez Bonalde y prohibición de salida del país, previa autorización de este Tribunal.
Abog. Nirvia Gómez González
Juez Primero de Control
Abog. Jamil Richani Richani
Secretario de Sala