Por todo lo antes expuesto este Tribunal en Funciones de Juicio de la Sección Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara con lugar la solicitud del defensor Publico Segundo del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente de la Unidad de la Defensa Pública del Estado Falcón, extensión Punto Fijo; en consecuencia, PRIMERO: Se decreta el cambio de la Medida de Prisión preventiva de Libertad a favor de los adolescentes: adolescentes IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA identificados suficientemente en autos del presente asunto,. SEGUNDO: Se impone la Medida menos gravosa establecida en el articulo 582 literal "c", de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente la cual consiste en la presentación cada 8 días ante el tribunal de Municipio Carirubana, estado Falcón. Librese la correspondient.....