Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE SANTA ANA DE CORO DEL ESTADO FALCON, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO Admitida como ha sido la acusación presentada por la Representación Fiscal contra el joven adulto acusado : IDENTIDAD OMITIDA así como, los medios probatorios promovidos por la Fiscalía Décima Primera del Ministerio Público y la Defensa en su oportunidad legal admitidas ante el Tribunal Primero de Control de Responsabilidad Penal del Adolescente de este Circuito Judicial Penal y por último, de la calificación jurídica imputada como ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto en el artículo 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio del ciudadano JOSE LISANDRO DUM VASQUEZ, venezolano, so.....