este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO SECCIÓN PENAL DEL ADOLESCENTE DE SANTA ANA DE CORO ESTADO FALCON ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara: PRIMERO: Admite la acusación y las pruebas presentada por el Ministerio Público en contra del joven adulto Acusado YOHALVIS RAFAEL QUERO REYES, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V.- 31.196.864, nacido en fecha 03-08-1997, de 18 años de edad, domiciliado en Municipio Mauroa Vía 40 pesos en frente del Estado Otoniel Gomez, teléfono 0416.903.50.32 (teléfono de su progenitora), y de los adolescentes acusados WILLIAN RAMON LEAL GARCIA venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V.- 26.309.383, nacido en fecha 07-06-1998, de 17 años de edad, domiciliado Municipio Mauroa Sector Los Pedros vía 40 pesos pueblo el Renacer s/n cerca de la Antena de Movistar teléfono 0424.681.77.85 (teléfono de su progenitora) y RAIFER GREGORIO FERRER POLANC.....