Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO DE JUICIO DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE DE SANTA ANA DE CORO ESTADO FALCON CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCON, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO Admitida como ha sido la acusación presentada por la Representación Fiscal contra el adolescente acusado IDENTIDAD OMITIDA, , así como, los medios probatorios promovidos por la Fiscalía del Ministerio Público y la Defensa en su oportunidad legal admitidas ante el Tribunal Primero de Control de Responsabilidad Penal de este Circuito Judicial Penal y, por último, de la calificación jurídica imputada por la comisión del delito de Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, tipificado en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio del Estado Venezolano, procediendo solamente en este caso el procedimiento espe.....