...Considerando suficiente tales documentales para demostrar lo alegado por la solicitante y visto que es obvio el error denunciado, no amerita la tramitación de un juicio de rectificación de partida, es por lo que el tribunal, de conformidad con el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, impartiendo justicia en nombre de la República por Autoridad de la Ley, ordena en forma SUMARIA, al ciudadano Jefe Civil de la Parroquia Carirubana del Municipio Autónomo Carirubana del Estado Falcón, estampar la correspondiente nota marginal en el acta de matrimonio de los ciudadanos HENRY ALBERTO CHIRINOS é INES MARIELA CASTRO LOYO DE CHIRINOS, a fin de que se corrija el error antes mencionado, es decir que donde se indica el número de cédula de la solicitante como ? 9.805.515 ?, debe decir:? 9.505.515 ? como es lo correcto.-. Así se decide.-
Expídanse por secretaría las copias certificadas de la presente sentencia que fueren menester a los interesados y envíense las necesarias a la.....