Vista las diligencias que anteceden (folios 74,76 y 77,) de fechas 06 y 29 de Marzo y 02 de Abril de los corrientes, suscritas por los ciudadanos Romel Primera, titular de la cédula de identidad N° V-7.524.888, Osmer Sánchez, titular de la cédula de identidad N° V-10.279.119, Marzzia Marveliz Primera Lanoy, titular de la cédula de identidad N° V-9.806.107 y Nelitza del Carmen Márquez David, titular de la cédula de identidad N° V-11.292.269, Henry Rafael Molina Colina, titular de la cédula de identidad N° V- 4.862.801, Ángel José Paz Gotopo, Titular de la cédula de identidad N° V- 9.178. 965, Carlos Alberto Acosta Gutiérrez, titular de la cédula de identidad N° V-5.752.486, asistidos por la abogada en ejercicio Verónica de los Ángeles Lavino Petit, con el carácter acreditado en autos, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 155.738 y Arelys Margarita Amaya de Blanchard, titular de la cédula de identidad N° V-13.706.459, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 155.738, mediante las cuales .....