Así las cosas, analizados los argumentos expuestos por las partes tanto en el libelo de demanda como en los escritos de contestación, los cuales fueron ratificados por las partes durante la audiencia preliminar en los mismos términos por ellos planteados, los hechos fijados se circunscriben a: 1) la ocurrencia del accidente de tránsito en fecha 25/10/2016; 2) la participación de las partes contendientes en la colisión: vehículo identificado como el N° 01 conducido por el demandante ILDEMARO PEREIRA MOLINA y vehículo identificado como el N° 02 conducido por el demandado OSCAR ANTONIO DE MATOS DE ABREU; 3) los daños materiales sufridos al vehículo identificado como N° 01; estando en disputa la conducta asumidas por las partes al momento de ocurrencia del accidente de tránsito y los efectos que de ella se derivan, esto es, la parte demandante establece que el accidente ocurrió con motivo de la presunta imprudencia e inobservancia de las normas de tránsito por parte del ciudadano OSCAR ANT.....