...por evidenciarse que desde el día 12 de Julio de 2009, fecha a partir del cual las partes se encontraban a derecho para solicitar la conversión en divorcio, hasta el día de hoy 15 de Julio de 2010, han transcurrido más de un año (01) año, sin que se haya realizado acto alguno, para impulsar el proceso, es por lo que en acatamiento al contenido del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 269 ejusdem, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en la presente solicitud de Separación de Cuerpos. Notifíquese a los solicitantes de la presente decisión.
Publíquese y Regístrese.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, a los Quince (15) días del mes de Julio del año Dos Mil Diez (2010).- Años: 200º de la Independencia y 151º de la Federación.-
El Juez Titular,
Abg. Camilo Hurtad.....