Vista la diligencia que suscribiera por ante la Sala de Secretaría del tribunal en fecha 10 de Julio del año en curso, la ciudadana Ignelly Coromoto Yagua Marín, titular de la Cédula de Identidad No. V-10.612.684, actuando con el carácter de autos, debidamente asistida por el abogado Rosa Amesty López, inscrita en el Inpreabogado bajo la matrícula No. 160.590, mediante la cual desiste del presente procedimiento de Divorcio incoado en contra de su legitimo esposo, ciudadano José Gregorio Rosendo Meléndez, el tribunal le imparte su homologación, dándole carácter de cosa juzgada de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, así mismo desglósese del expediente la copia certificada del acta de matrimonio que aparece inserta al folio 3 del expediente, y devuélvasele a la diligenciante, dejándose en su lugar copia fotostática certificada de la misma, hecho la cual archívese el expediente con posterior remisión al Archivo Judicial del Estado Falcón, con sede en la ciuda.....