...En mérito de las situaciones de hecho y de derechos analizados, este tribunal, impartiendo Justicia, en nombre de República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con lugar la demanda por Acción Mero Declarativa de Existencia y Reconocimiento de Unión Concubinaria entre la ciudadana SILVIA MARIA VELASCO y el ciudadano JOSE DOLORES GUTIERREZ, desde el día Diez de Octubre de 1991 hasta el día ocho de agosto de 2005.
SEGUNDO: Por haber vencimiento total se condena en costas a la parte demandada, a tenor de lo establecido en el artículo 274 del código de procedimiento civil.
TERCERO: Háganse las participaciones a que haya lugar.
Publíquese y Regístrese,
Dado firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. En Punto Fijo, a los Veintidós (22) días del mes de Junio del año Dos Mil Diez (2010). Años: 200º de la Independencia y.....