este Tribunal 4º de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, de conformidad con el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA EL ARCHIVO JUDICIAL de las actuaciones seguidas al (los) ciudadano (s) JOSÉ GREGORIO CALATAYUD y YOHANNY JOSÉ CURIEL CUEVAS, a quienes se le sigue proceso por el delito de Desvalijamiento de Vehículo Automotor, por haber vencido el plazo prudencial que fuera fijado en su oportunidad sin que la Fiscalía interpusiera acto conclusivo alguno y cesan la medida de coerción personal que fueran impuestas al referido ciudadano.