En consecuencia, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio No. 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide: 1) Librar orden de aprehensión contra el imputado JESÚS PEÑALOZA MÁRQUEZ (identificado en autos); 2) Revoca las medidas de coerción personal: 1.- Presentación periódica cada 15 días ante el Tribunal; 2.-Prohibición de salida del Estado Mérida.
La presente decisión se fundamenta en los artículos 26, 44 y 49 Constitucional; 1, 2, 4, 5, 6, 7, 13, 74.2, 250, 251 y 262 del Código Orgánico Procesal Penal y 453 del Código Penal. Líbrese las correspondiente ordenes de captura a los órganos de seguridad competentes con la expresa advertencia: de que deberán poner a disposición de este Tribunal al imputado, en el lapso improrrogable de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a su captura conforme al artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. Se advierte a las p.....