Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley decide: Único: Se ordena la aplicación al acusado de autos, ciudadano JOHEL ANTONIO RIVAS RINCÓN (identificado en autos) de la medida cautelar consistente en la prohibición de salir de la jurisdicción del Estado Mérida sin la autorización del Tribunal. Consecuencia de lo anterior se ordena la libertad del prenombrado investigado quien en condición de aprehendido se encontraba en el Retén Policial de esta Ciudad de Mérida. La presente decisión interlocutoria tiene fundamento legal en los Artículos: 2, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 253 y 256 COPP y Artículos 2, 7, 26, 44 y 257 Constitucional. Diarícese, Líbrese la correspondiente boleta de libertad y oficio dejando sin efecto la referida orden de captura a los organismos competentes. Notifí.....