Rrazón por la cual este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los pronunciamientos siguientes:
UNICO: Luego de examinar la presente solicitud, el Tribunal declara SIN LUGAR, la Medida Cautelar de Libertad, de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, acordando mantener la Medida de Privación Judicial privativa de Libertad. Y así se decide. . Notifíquese a las partes de la presente decisión.