Este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio No. 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de ley, hace los siguientes pronunciamientos PRIMERO: Condena al Ciudadano LUIS GERARDO VILLARREAL ORTEGA (identificado en autos), a cumplir la pena de TRES AÑOS DE PRISIÓN como autor voluntario, penalmente responsable del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA BLANCA, previsto y sancionado en el Artículo 277 del Código Penal; SEGUNDO: Condena al ciudadano LUIS GERARDO VILLARREAL ORTEGA (ya identificado) a cumplir las penas accesorias previstas en el Artículo 16 del Código Penal: 1.- La Inhabilitación Política mientras dure la pena; y 2) La sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena, desde que ésta termine; TERCERO: Cesa la medida de presentación periódica ante el Tribunal, por lo que el acusado continuará en libertad hasta que el Tribunal de Ejecución decida lo .....