DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas este Tribunal Segundo Unipersonal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley decide: PRIMERO: Una vez escuchada a las partes, esta Juzgadora considera que existen suficientes elementos que demuestran la responsabilidad del acusado ERIES ALEXANDER ROJAS PEÑA, venezolano, mayor de edad, nacido en fecha 16-03-1987, titular de la cédula de identidad NO 17.894.330, 19 años de edad, soltero, hijo de hijo de María del Pilar Peña Peña y José Gregorio Rojas Rojas domiciliado en el sector San Miguel, parte alta, casa S/N, cerca de la cancha, Ejido Estado Mérida, analizando la declaración de los testigos los cuales coincidieron en expresar la participación del mencionado acusado, tomando en cuenta que no tiene antecedentes penales y es primario lo condena a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISION por el delito de ROBO AGRAVADO.....