Visto que en fecha 12 de Noviembre del año en curso , este Tribunal en audiencia especial para verificar cumplimiento de Suspensión Condicional del Proceso, una vez escuchado la exposición de las partes, estando de acuerdo los presentes, se llego la conclusión que lo mas ajustado a derecho era ampliar el lapso de la Medida Alternativa, ya que el imputado expuso sus razones por las cuales no se había presentado ante el delegado de pruebade, este tiempo de ampliación es de seis meses, contado a partir de la audiencia 17 de Abril del presente año, es decir, se fija como fecha de cumplimiento 17 de Octubre de 2008. Es decir el Tribunal le había acordado la medida por el lapso de un año, se extiende a un año (1) y seis (6) meses. Así se decide.