Este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio No. 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Habida cuenta de la admisión de los hechos expresada por el acusado JOSÉ ORIOL CONTRERAS MARQUEZ, titular de la cédula de identidad N° 13.229.942, de 29 años de edad, de ocupación comerciante, hijo de Cristina Márquez y Emérito Contreras, domiciliado en la urbanización José Adelmo Gutiérrez, calle principal, casa N° 119, jurisdicción del Municipio Campo Elías del Estado Mérida, LO CONDENA a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de Ocultamiento ilícito de Sustancias Estupefacientes, conforme a lo establecido en el segundo aparte del artículo 31 de la Ley contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano. SEGUNDO: CONDENA AL ACUSADO JOSÉ ORIO.....