Por todo lo anterior expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA la nulidad parcial de la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01, con ocasión de la celebración de la Audiencia de Calificación de Flagrancia de fecha 26-04-2007, sólo en lo que respecta al pronunciamiento TERCERO, es decir, en cuanto a la declaratoria de la prosecución del proceso por el procedimiento abreviado conforme a las previsiones de los artículos 372 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto, el procedimiento especial por el cual se regirá el Juzgamiento de los delitos a los que hace referencia la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, será el ordinario, debiéndose remitir las actuaciones propias de la fase de investigación a la Fisca.....