CAPITULO VI
DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY decide: Primero: Se declara sin lugar la nulidad opuesta por la defensa; Segundo: Condena al Ciudadano ALFREDO JAIMES MOLINA (identificado en autos) a cumplir la pena de SIETE (7) AÑOS Y SEIS (6) MESES DE PRISIÓN, como autor voluntario y penalmente responsable del delito de ABUSO SEXUAL AGRAVADO, conforme al primer aparte del artículo 250 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños y Adolescentes. Pena esta que tentativamente vence el 25 de octubre de 2014 y que deberá ser cumplida en el Centro Penitenciario Los Andes, con sede en San Juan de Lagunillas Estado Mérida, hasta que el Tribunal de Ejecución, fije el lugar de cumplimiento definitivo de la condena. Tercero: Impone al ciudadano ALFREDO JAIMES MOLINA las penas accesorias previstas en el artículo .....