DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas este Tribunal de Juicio Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley decide: PRIMERO: Absuelve al ciudadano JOSÉ EDGARDO MOLINA DÁVILA, por la presunta comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO y LESIONES PERSONALES INTENCIONALES MENOS GRAVES, en perjuicio de EL ORDEN PÚBLICO y CARLOS JULIO RIVAS MOLINA. SEGUNDO: Acuerda el cese de la Medida Privativa de Libertad que pesa en contra del ciudadano JOSÉ EDGARDO MOLINA DÁVILA, impuesta por el tribunal en funciones de Control N° 02 de este Circuito Judicial Penal. TERCERO: Se acuerda la remisión del Arma de Fuego incautada y descrita en el Acta de experticia de Reconocimiento Legal N° 9700-201-ST-137. CUARTO: Se ordena certificar acta de fecha 18-12-2007 (F.315 al 317) de las actuaciones, con el fin de cumplir con lo solicitado por la vindicta pública, es decir, re.....