Por todo lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CONTROL No 07 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSIÓN EL VIGIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de ALIRIO ALFONSO HERNANDEZ LUZARDO, titular de la cédula de identidad N° 11.913.025, 14.249.784, residenciado en la Urb. Carabobo, calle principal, casa N° 13, El Vigía, Estado Mérida, por la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 411 del Código Penal, en perjuicio de LUIS MARIA GARCÍA BALZA (hoy occiso), titular de la cédula de identidad Nº 5.512.245, residenciado en Sector Caño Seco, casa s/n, El Vigía, Estado Mérida. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 108 ordinal 5º Ejusdem. Notifíquense a las partes de la presente decisión, Fiscal del Minister.....