decreta el sobreseimiento de la presente causa, instruida en contra del ciudadano DURAN GUERRERO RAMON IGNACIO, titular de la cédula de identidad No. V-4.636.205, funcionario policial adscrito al Destacamento Nº 16 de las Fuerzas Armadas de Cooperación, Comando Regional 01, Segunda Compañía, Puesto El Quebradón de la Guardia Nacional, por la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio del ciudadano SANCHEZ GULFO JULIO JOSE, colombiano, soltero, obrero, titular de la cédula de identidad Nº E.-2.755.304, residenciado en la entrada a Palmarito, sector Campo Alegre, casa s/n, del Municipio Independencia, del Estado Mérida.