Por todo lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL No. 7 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA EXTENSIÓN EL VIGIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a PERSONAS DESCONOCIDAS, por el delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 460, del Código Penal, en perjuicio del ciudadano ZAMBRANO QUINTANA ALFREDO ENRIQUE , venezolano, mayor de edad, soltero, chofer, titular de la cédula de identidad No. V-13. 283.405. Residenciado en el Sector El Bosque, Calle 1, Casa No. 1-7, El Vigía, Estado Mérida. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 108 ordinal 7º Ejusdem. Notifíquense a las partes de la presente decisión y a la victima en caso de no ubicarse en la dirección antes indicada, deberá notificarse de conformidad c.....