Por todo lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL No. 7 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA EXTENSIÓN EL VIGIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, al ciudadano JOSE RAMON VERGARA GUILLEN, venezolano, mayor de edad, agricultor, titular de la cédula de identida No. V5.725.808, residenciado en el Sector Los Playones, vía Panamericana, Finca La esperanza, Guayabones del Estado Mérida. Por el delito de VIOLACION, previsto y sancionado en el artículo 375 DEL Código Penal. En perjuicio de la ciudadana MAGLIS DEL CARMEN VERGARA TORRES, venezolana, menor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad No. V-14.249.299, residenciada en EL Barrio El Cedro, Calle Las Flores, Avenida 8, Con Calle6, Casa No. 2-77, Betijoque, Estado Trujillo. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 3º del Código Orgánico Procesa.....