Este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control No. 07, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR AUTORIDAD DE LA LEY: PRIMERO: Califica como flagrante la aprehensión del ciudadano DINO JOSE PATTI RODRIGUEZ, de conformidad con lo previsto en el articulo 248 del Código Orgánico Procesal Penal; decreta la aplicación del Procedimiento Ordinario de conformidad con lo previsto en el artículo 373, eiusdem, y ordena la remisión de las actuaciones en su oportunidad a la fiscalía presentante a los fines de que continué con la investigación. SEGUNDO: Considera acreditada la comisión de los delitos que precalifica como ESTAFA AGRAVA EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 463 del Código Penal, en relación con el articulo 80 eiusdem y USURPACIÓN DE FUNCIONES, previsto y sancionado en el articulo 213 eiusdem. TERCER.....