Este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Tribunal de Control No. 07, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR AUTORIDAD DE LA LEY: DECRETA el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, seguida contra el ciudadano CESAR MATIAS COGOLLOS CORONEL, de quien no constan en actas sus datos filiatorios, por la presunta comisión del delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el articulo 453 del Código Penal, en agravio de la ciudadana PEREZ JAIME YOLANDA, de nacionalidad colombiana, de 35 años de edad, soltera, de oficios del hogar, titular de la cédula de identidad No. E-81.410.085, residenciado en el Sector Caño Amarillo, carretera Panamericana, calle principal, casa S/N, El Vigía Estado Mérida, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 48 ordinal 8° , eiusdem, y.....