Por todo lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CONTROL No 7 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSIÓN EL VIGIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del ciudadano JOSE LEON RANGEL RANGEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 4.469.259, residenciado en el Sector la Honda, vía la Palmita al lado de la escuela, Estado Mérida, por la comisión del delito de ESTAFA previsto y sancionado en el Artículo 464 del Código Penal vigente en perjuicio del ciudadano CARLOS JULIO GARZÓN LÓPEZ, supra identificado. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 108 numeral 5º Ejusdem. Notifíquense a las partes de la presente decisión, al Fiscal, imputado y a la victima y en caso de no ser localizados en las direcciones señaladas, deb.....