Por las consideraciones que anteceden, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL N° 07 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSION EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo previsto en el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 48 numeral 7° ejusdem, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL y como consecuencia de ello, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con lo previsto en el artículo 318 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, a favor de JOSE ALI PEREZ ANGULO, venezolano, de 49 años de edad, soltero, lanchero, titular de la cédula de identidad N° 9.199.083, natural de Santa Cruz de Mora, nacido en fecha 14-04-1960, hijo de Florencio Pérez (v) y Catalina Ángulo (f), domiciliado en el Barrio Nuevo Horizonte, final de la Calle Araguaney, Casa N° 27, Parroquia Sucre. Caracas, por la comisión de.....