decreta el sobreseimiento de la presente causa, instruida en contra de las ciudadanas ESTELA XIOMARA LEAL BRACHO, venezolana, de 28 años de edad, soltera, oficinista, titular de la cédula de identidad Nº 5.921.142, residenciada en el Edificio Victoria, al lado del Hotel Zulia, planta baja, Nueva Bolivia, Estado Mérida, y YUDITH DEL CARMEN PEREZ PERALTA, venezolana, de 29 años de edad, soltera, secretaria, titular de la cédula de identidad Nº 9.170.612, residenciada en casa sin número, vía Guayana, antes de la Escuela Simón Rodríguez, cerca de la bodega el Cachaco, Caja Seca, Distrito Sucre, Estado Zulia, por la presunta comisión de los delitos de HURTO SIMPLE y SIMULACIÓN DE HECHO PUNIBLE, previstos y sancionados en los artículos 453 y 240, ambos, del Código Penal Venezolano vigente para el momento en que ocurren los hechos, cometidos en perjuicio de la EMPRESA LATINOAMERICANA DE ELECTRIFICACIÓN C. A. (LAECA), ubicada en la entrada de Torondoy, Edificio Torondoy, Primer Piso, Primera.....