este TRIBUNAL DE PRIMERIA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSION EL VIGIA, ACTUANDO EN FUNCIONES DE CONTROL N° 07, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el artículo 44 numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los artículos 259 y 263 del Código Orgánico Procesal Penal, EXIME al imputado: PEDRO PABLO HERNANDEZ VERGARA, venezolano, natural de El Vigía, nacido en fecha 04/06/74, de 35 años de edad, de estado civil soltero, con cuarto grado de Instrucción Primaria, de ocupación obrero, hijo de Ciro Hernández y Rita Elena Vergara, titular de la cédula de identidad N° V. 12.354.665, y residenciado en la Urbanización Parque Chama, calle 2D, casa N° 60, teléfono 0424-7000366, ó en la vía a Mérida, la Vega, Sector II, Casa s/n al lado de la Carpintería de la señora Leonor, donde habita Rita Elena Vergara, quien es su progenitora, El Vigía estado M.....