TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL N° 07 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSION EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con lo previsto en el artículo 318 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal y 322 ejusdem, por EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo previsto en el artículo 103 del Código Penal Vigente, en concordancia con el artículo 48 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal, y consecuencialmente, por muerte del imputado RAMON ALEXANDER DURAN AVENDAÑO, venezolano, de 27 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V- 14.963.916, natural de El Vigía, Estado Mérida, nacido en fecha 07-08-80, hijo de BRÍGIDA ANTONIA AVENDAÑO (V) JOSE NICOLAS DURAN ROA (F), residenciado 23 de Enero, Calle Principal 1-32, a media cuadra queda la Iglesia Pentecostal, teléfono 025-8819569, El .....