Por las anteriores consideraciones y encontrándose ambos procesos en la misma etapa procesal, esto es, la fase de intermedia, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ACTUANDO EN FUNCIONES DE CONTROL N° 07, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 66, 70 numeral 4, 71 numeral 2 y 73 todos del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda la Acumulación de la presente causa penal Nº LP11-P-2010-001794, a la causa penal N° LP11-P-2010-001168, que cursa por ante este Tribunal de Control, seguida contra : RUBEN DARIO VIVAS, venezolano, de 20 años de edad, soltero, ayudante de cocina, titular de la cédula de Identidad N° 19.539.212, natural de El Vigía, Estado Mérida, nacido en fecha 28-08-1989, domiciliado en la Palmita, Calle Principal, casa sin número, El Vigía Estado Mérida, notifíquese a las partes del contenido de la presente decisión. C.....