Por todo lo anteriormente expuesto, y de conformidad con lo establecido en los artículos 282, 318 numeral 3° y 48 numeral 8° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo previsto en los artículos 108 ordinal 6º, y 110, párrafos segundo y cuarto, del Código Penal, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL, EN FUNCIONES DE TRIBUNAL DE CONTROL No. 7 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSIÓN EL VIGIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida contra la ciudadana SAIDA CAROLINA GARCÍA RANGEL, venezolana, titular de la cédula de identidad No. 15.547.039; por la comisión del delito de LESIONES LEVES previsto y sancionado en el artículo 418 del Código Penal vigente en perjuicio de la ciudadana ELSY MARÍA GRANDA CARRERO, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 11.219.400.
Notifíquese a las partes la present.....