Por lo antes expuesto este Tribunal de Control N° 7 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de Sustitución de la Medida Privativa a una menos gravosa por parte de la defensa publica.
SEGUNDO: Ratifica la decisión dictada en fecha 05-03-2012 en la que le fue decretada la Privación Judicial Preventiva de Libertad a LUIS RAFAEL TOSCANO SALCEDO, plenamente identificado en actas por la comisión del delito de ACTO CARNAL CON VICTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE, previsto y sancionado en el artículo 44 Numeral 4 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia, cometido en perjuicio de la niña S.C.M.M. de 4 años de edad.
TERCERO: Se ratifican las Medidas de Protección a favor de la Víctima conforme a lo establecido en el artículo 87 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a un.....