DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 51 Constitucional, 37, 108, 0rdinal 5° del Código Penal, y 420 numerales 2 y 1 del Código Penal Venezolano, vigente para el momento en que ocurrieron los hechos, en concordancia con el artículo 415 y 413 ejusdem, y los artículos 48 numeral 8°, 282 y 318, numeral 3°, del Código Orgánico Procesal Penal, este Juzgado de Primera Instancia Penal en Funciones de Control No 07 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida. Extensión El Vigía. ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, instruida en contra de DENIS EFRÉN VILLASMIL MORENO, venezolano, de 34 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° 10.238.883, residenciado en la calle principal del Barrio Los Próceres, casa s/n, Mucujepe, Estado Mérida, por la comisión de los delitos de .....