Este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Tribunal de Control No. 07, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR AUTORIDAD DE LA LEY:
Primero: Califica como flagrante la aprehensión del ciudadano ARGENIS MORA CONTRERAS, plenamente identificado anteriormente, de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal; decreta la aplicación del Procedimiento Ordinario en la presente causa, de conformidad con lo previsto en la parte in fine del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, y acuerda la remisión de las actuaciones en su oportunidad a la representación fiscal presentante a los fines de que prosiga con la investigación. Segundo: Considera acreditada la comisión de hechos punibles de acción pública, que ameritan pena privativa de libertad, sin estar evidentemente prescrita la acción para pe.....