En virtud de la anteriores consideraciones este Tribunal de Control N° 7, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley Acuerda: PRIMERO: Libertad Plena para el ciudadano GRADESMIR ENRIQUE GUZMÁN JARAMILLO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 13.235.606, natural de Guacara Estado Carabobo, nacido en fecha 23-12-1975, de 32 años de edad, estado civil soltero, estudió hasta sexto grado de educación básica, trabajo como moto taxista en la Cooperativa Nuevo Revolución, hijo de Santos Guzmán (f) y Milvida María de Guzmán (v), domiciliado en el Barrio 19 de Julio, quinta calle Cuyapa, casa Nº 201, Valencia Estado Carabobo. SEGUNDO: Se deja sin efecto la Orden de Aprehensión emitida en contra de GRADESMIR ENRIQUE GUZMÁN JARAMILLO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 13.235.606 líbrese los Oficios respectivos. TERCERO: Se acuerda Oficiar a la Fiscalía del Ministerio Público, como titular de la acción penal y director de la investigación, a los fines de lograr la.....